A- de 1995
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Narvaez Narvaez Gilberto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Entidad nacional
- Improcedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se revocó la providencia de la Sala Civil-Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Popayán por medio de la cual decidió inhibirse por falta de competencia para resolver el proceso instaurado por el actor de la referencia, toda vez cuando el juez se declara competente inicialmente para conocer de la pretensión de tutela no puede luego abstenerse de decidir so pretexto de la falta de competencia, pues esto atenta contra la prohibición contenida en el parágrafo del Art. 29 del Decreto 2591.
Por lo expuesto anteriormente, la Corte ordenó remitir de nuevo el expediente a la mencionada Sala para que tramitara como corresponde la petición de tutela del actor.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la providencia de la Sala Civil-Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Popayan del dieciseis (16) de noviembre de mil novecientos noventa y cinco (1995), por medio de la cual decidio inhibirse por falta de competencia para resolver la accion de tutela instaurada por el senor Gilberto Narvaez Narvaez.
- SEGUNDO. ORDENAR que por la Secretaria General se remita el expediente contentivo del proceso No. T- 54957 a la Sala Civil-Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Popayan para que se tramite como corresponde, segun la Constitucion y la ley, la peticion de tutela del actor.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.